El Tribunal de Cuentas aplica la ley de amnistía a los antiguos responsables de la Generalitat por los gastos vinculados al 1-O y a la acción exterior del procés poco después de que el Tribunal Constitucional abriera la puerta a amnistiar la malversación.
La aplicación de la ley de amnistía a los responsables del proceso independentista catalán ha registrado dos avances judiciales de especial relevancia. El Tribunal Constitucional ha respaldado su aplicación al delito de malversación en determinados casos, mientras que el Tribunal de Cuentas ha extinguido las responsabilidades contables reclamadas a 35 antiguos cargos de la Generalitat por los gastos relacionados con el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior del procés. Las decisiones acercan la resolución de varios procedimientos que permanecían abiertos desde hace años, aunque todavía quedan cuestiones judiciales pendientes.
La resolución del Tribunal de Cuentas, dictada el 14 de octubre, aplica la ley de amnistía a los 35 demandados en el procedimiento relativo a los gastos del referéndum independentista y a las actividades de promoción exterior desarrolladas entre 2011 y 2017. Entre los beneficiados figuran los expresidentes catalanes golpistas Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y antiguos miembros del Govern como Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Toni Comín y Lluís Puig.
El órgano fiscalizador considera que no ha quedado acreditado que los gastos examinados se financiaran con recursos procedentes del presupuesto de la Unión Europea. Esta circunstancia resulta determinante para aplicar la amnistía, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolviera, el pasado mes de julio, las cuestiones prejudiciales planteadas por el propio Tribunal de Cuentas sobre la compatibilidad de la norma española con el Derecho comunitario.
La causa examinaba el posible uso indebido de fondos públicos para financiar el referéndum del 1-O y la acción exterior de la Generalitat. La Fiscalía había reclamado inicialmente el reintegro de varios millones de euros, mientras que Sociedad Civil Catalana también había ejercido acciones en el procedimiento.
Con la nueva resolución, el Tribunal declara extinguidas las responsabilidades contables reclamadas y ordena levantar las medidas cautelares. También quedan liberadas las garantías económicas constituidas durante el procedimiento. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la jurisdicción correspondiente del propio Tribunal de Cuentas.
El debate jurídico se centra, en buena medida, en la interpretación de la malversación y en si los hechos relacionados con el proceso independentista pueden quedar incluidos en el ámbito de la ley aprobada en 2024. El Tribunal Supremo había mantenido que determinados supuestos no podían beneficiarse de la amnistía, al considerar que concurrían circunstancias que impedían aplicarla.
El Constitucional ha corregido ese criterio en los casos examinados, al entender que la interpretación aplicada por el Supremo vulneraba derechos fundamentales de los recurrentes. La decisión ha generado discrepancias dentro del propio tribunal: cinco magistrados conservadores formularon votos particulares contrarios al pronunciamiento, reflejando la división jurídica existente en torno al alcance de la norma.
El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha defendido públicamente que la sentencia responde a una interpretación jurídica de la Constitución y ha rechazado las acusaciones de actuación partidista. El tribunal no ha declarado, por el mero hecho de corregir una resolución del Supremo, que los magistrados de este último órgano hayan actuado ilegalmente.
Hazte Oír denuncia a Conde-Pumpido y a otros seis magistrados
La reacción judicial más destacada contra la decisión del Constitucional ha procedido de Hazte Oír. La asociación presentó el 7 de octubre una denuncia ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra Conde-Pumpido y los otros seis magistrados que respaldaron la aplicación de la amnistía a la malversación en el caso de Dolors Bassa.
La organización atribuye a los magistrados posibles delitos de prevaricación y usurpación de atribuciones judiciales. En su escrito, solicita que se investigue si el Constitucional excedió sus competencias al corregir el criterio del Supremo y ordenar que se reconociera la aplicación de la amnistía en el caso examinado.
Hazte Oír ha solicitado incorporar al procedimiento la sentencia completa, los votos particulares discrepantes y las resoluciones previas del Tribunal Supremo, con el objetivo de esclarecer la actuación de cada uno de los magistrados denunciados.
La asociación sostiene que no retirará sus iniciativas judiciales por el contexto político y ha afirmado que seguirá reclamando responsabilidades. No obstante, la presentación de una denuncia no equivale a su admisión a trámite ni acredita la comisión de los delitos atribuidos a los magistrados. Corresponderá al Tribunal Supremo determinar si existen fundamentos jurídicos para continuar con las actuaciones.
A.T., El Camarada del Mundo®, 16/10/2026 - Madrid.
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